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PROPUESTA.
Con vistas a lograr una coordinación de unidad entre todos los factores que componen las expresiones religiosas Espiritismo, Palo, Ocha e Ifa, ASOIFA propone:

La desintegración de ASOIFA, como Asociación, para integrarse a la nueva organización.

Invitación a integrarse en conjunto al nuevo organismo de todas las asociaciones, agrupaciones y entes religiosos existentes en el país.

Creación del Consejo Nacional de Mayores de Ifa, compuesto por 21 miembros con iguales prerrogativas entre todos sus componentes, integrados por los primeros 16 awoces consagrados en el país y otros personajes reconocidos por su integridad y valores éticos.

La creación de otro Consejo que por sus funciones pueda llamarse Consejo Consultivo, integrado por paleros-espiritistas, santeros y babalawos, encargados de dirimir diferencias, recibir quejas, orientar, aconsejar y aplicar sanciones que sean aprobadas en sesión conjunta de los dos Consejos.

Ambos Consejos sesionarán en conjunto para tomar las decisiones en asambleas en que participen el 75% de los miembros y con una aprobación de la ¾ partes de los participantes.

Las representaciones del Consejo Consultivo estará compuesto por una cantidad de los miembros que se requiera después de efectuar un estudio al respecto, pero siempre inspirados en las necesarias representaciones del palo, Ocha e Ifa.

En las reuniones que se realicen se elegirá en cada ocasión un secretario de actas y un director de Debates que será quién presidirá la mesa en cada asamblea que se efectúe

Se crearan filiales estatales con un representante, de los Consejos en los estados en que los que fueran posibles, encargados de promulgar los acuerdos, decisiones que se asuman y que serán la representación del Consejo Consultivo en cada región

Este representante mantendrá informado a los Consejos de las actividades y situaciones de toda índole que se presenten dentro de nuestro seno religioso, no podrá tomar decisiones sin la previa autorización del Consejo Consultivo del cual todos los representantes de los estados dependen.

Las elecciones de las representación de los miembros del Consejo de Vigilancia se realizará en forma directa y pública ubicadas en planchas electorales a realizar en una previa reunión general para tales efectos, cada tres años; es decir los miembros del Consejo Consultivo son removibles cada tres años; no siendo así los del Consejo Nacional de Mayores que ha de ser vitalicio.

Se procederá a oficializar legalmente la constitución de ambos organismos de acuerdo a las normas, reglamentos y leyes vigentes en el país.

Invitación a todos los organismos, asociaciones, agrupaciones y grupos existentes que coincidan con nuestras prácticas religiosas, para que se integren y participen en la formación de este organismo con el propósito de darle fiel cumplimiento a las normas y a las éticas morales de nuestros preceptos religiosos.

El objetivo de estos Consejos es la de evitar el continuo deterioro de nuestros valores y principios religiosos elaborando normas acorde a nuestras convicciones religiosas y que nos permita desautorizar pública oficial y religiosamente a quienes estando en la religión, no observen el cumplimiento de las costumbres y preceptos éticos-morales que por siglos han mantenido nuestros ancestros religiosos.

Debemos de estar todos presentes para ir a la formación de Comisiones encargadas de analizar, determinar soluciones que normalicen las múltiples problemáticas que están actualmente dañando gravemente nuestra moral religiosa.

Crear un registro de todas las casas de palo, de Ocha y de Ifa, así como de cuanto practicante haya en existencia en el país para que puedan ejercer autorizadamente sus actividades religiosas.

Enviar un listado de las casas que el Consejo Consultivo reconoce, a las autoridades pertinentes para ser identificadas y autorizadas oficialmente por ellas.

Extender una copia certificada que avale las prácticas religiosas aprobatorias por el Consejo y las autoridades sujetos a la ley.

Todas las casas, babalawos, santeros, paleros deberán cumplir a cabalidad el reglamento, disposiciones y normas que previamente sean creadas, aprobadas y llevadas para su consentimiento a las autoridades requeridas y que estarán sujetas a lo que la Ley, las Normas y la Constitución establezcan.

Estos acuerdos y planteamientos tal vez algo estrictos son producto de una reacción lógica frente a la inminencia de los graves peligros que se ciernen actualmente sobre nuestro mundo religioso por la desorganización, la deshumanización, el mal uso, la tolerancia y desvíos de nuestras prácticas.

Si no nos unimos ahora que aún estamos a tiempo, no podemos quejarnos si en un futuro la Sociedad entera Venezolana nos repudie y nos enmarque como una escoria social llena de delincuentes y aprovechadores de las miserias y dolores de todo un pueblo y de la Humanidad.


Adalberto Herrera Alfonso
Omo Odun Oturatiyu
Awo ni Orunmila
CI:V15148773


Categoría: ASOIFA.

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